Noviembre 22, 2024

AYUDAS ESCOLETES COVID-19 AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

El teléfono habilitado para la solicitud de la ayuda es el 971 397 547, también se puede enviar un correo electrónico con los datos personales y de contacto al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y desde el área de Bienestar social se pondrán en contacto telefónico. Se recomienda indicar la franja horaria en que es mejor llamar.

PERFIL BENEFICIARIO

• Familias residentes en el municipio con menores a cargo en edad, 0-3 años.
• Empadronamiento en el municipio de Eivissa con una antigüedad mínima de 18 meses en el momento de la solicitud.
• Documento de inscripción del menor en algún centro de educación infantil público o privado durante el año 2020 legalmente Homologado.
• La persona o cúcleo de convivencia no podrá disponer de Ingresos mensuales superiores a cuatro veces el IPREM mensual de 2020, durante la Anualidad 2020.
• No disponer de ahorros en cuentas bancarias, fondos de Inversión u otros tipo de inversiones o ahorros superiores a dos veces el IPREM anual en 14 pagues de 2020.
• Tener como mínimo alguno de los miembros del núcleo familiar en situación de desempleo o estar afectado algunos de los miembros del núcleo familiar para 1 ERTE / ERTO.
• Disponer de cuenta cuanto bancaria a nombre del titular de la solicitud o bien directamente del centro educativo.
• En caso de separación o divorcio sólo se podrá solicitar la ayuda por parte de 1 de los progenitores.

DOCUMENTACIÓN

• Rellenar la instancia solicitante de acceso a la prestación.
• Documentación identificativa de todos los miembros de la unidad familiar.
• Certificado de convivencia donde conste la fecha de empadronamiento efectiva.
• Documento acreditativo de inscripción en el centro educativo durante el curso escolar 2019-2020.
• Documento bancario acreditativo de la cuenta bancaria del titular de la solicitud.
• Movimientos bancarios o certificado bancario donde consten los movimientos de los últimos 3 meses de todos los miembros adultos que estén en disposición de una cuenta bancaria.
• Para aquellas situaciones en que los miembros del núcleo familiar se encuentren en situación de desempleo, ERTE / ERTE deberán aportar el certificado del SEPE con la cuantía y duración de la prestación que percibe.
• Para las personas del núcleo familiar que estén cobrando una prestación de la seguridad social, certificado con la cuantía y concepto de la prestación que se percibe.
• Para las personas del núcleo familiar que sean autónomos, certificado o documento acreditativo del cese o reducción de la actividad laboral habitual.
• Para las personas del núcleo familiar en situación activa laboralmente, copia y original de las tres últimas nóminas y copia y original del contrato laboral.
• La declaración de la Renta 2019 o bien el certificado acreditativo de que no se está obligado a presentarla, expedido por la AEAT, de todos los miembros mayores de edad del núcleo familiar.
• En caso de separación o divorcio legalmente reconocido, deberá aportar el convenio regulador de la custodia del menor.
• En caso de separación o divorcio, declaración jurada según la cual sólo el progenitor que tiene reconocida la custodia y potestad es quien solicita la prestación de guardería.
• En caso de familia numerosa, copia del libro de familia.
• En caso de que algún miembro de la familia presente alguna discapacidad, es necesario aportar el certificado que así lo acredite.
• Declaración jurada de no percibir rentas o ingresos por bienes inmuebles durante el año 2020.

CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS

• El máximo de la cuantía mensual por estancia en centro infantil para cada hijo será de 250 euros.
• El máximo de la cuantía mensual por estancia en centro infantil para cada hijo más servicios extras (mañanera, comedor y tardía) será de 350 euros.
• La cuantía máxima anual que puede percibir una unidad familiar será de 1.400 euros por niño. Esta cuantía podrá alcanzar los 1.800 euros para aquellas familias que acrediten alguna de las siguientes situaciones:
- Familia numerosa.
- Familia monoparental.
- Cuando el niño tenga reconocido algún tipo de discapacidad o nivel de dependencia.
- Cuando el núcleo familiar haya tenido algún caso de víctima de violencia de género o violencia intrafamiliar.
- Cuando alguno de los miembros del núcleo familiar diferente al niño tenga reconocida una discapacidad o un nivel de dependencia.
- Cuando haya más menores (hermanos del niño) con edad comprendida entre los 0 - 3 años.
- Medidas de declaración de riesgo o protección hacia alguno de los niños del núcleo familiar.