Enero 08, 2025

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Se trata de la primera sanción que el consistorio hace a un promotor, no propietario, por el uso indebido de un local

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Eivissa ha acordado la resolución de un expediente sancionador por infracción urbanística con dos sanciones, una por obras y otra por uso indebido a un promotor, no propietario, que alquilaba un local comercial como vivienda sin título habilitante. Así, las sanciones impuestas ascienden a 100.607,56 €.

La acción de realizar obras en un local sin permiso se sanciona con una multa del 50 al 100% del valor de las obras según el artículo 167.1 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears (LUIB). En este caso se trata de una multa del 75% de 67.071,71€, por lo que la sanción impuesta será de 50.303,78€.

Por otra parte, el cambio de uso de una construcción sin título urbanístico perceptivo que habilite el cambio debe sancionarse según lo que dice el artículo 167.4 a) de la LUIB. En este caso la cuantía será la misma que la mencionada anteriormente.

Rafael Triguero, alcalde de Eivissa, ha declarado que el consistorio será inflexible con este tipo de acciones. "Debemos ser contundentes con los alquileres ilegales" ha comentado Triguero, haciendo hincapié en que Eivissa es una Ciudad para vivir y la protección a la vivienda es una de las prioridades del actual equipo de Gobierno.